Actualizado: 06 de Noviembre de 2026.
Cuatro Preguntas Frecuentes sobre el Curso:
FACTORES PSICOLÓGICOS EN LA GENERACIÓN DE RIESGOS DE TRABAJO, 2027
1. ¿Es obligatorio que en mi empresa se realicen las Evaluaciones de Riesgos Psicosociales?
En México, si es obligatorio que todas las empresas se realicen estas evaluaciones para poder analizar los riesgos psicosociales conforme lo establece la NOM-035-STPS-2018.
2. ¿La NOM-035-STPS-2018, aplica en mi empresa?
La presente Norma rige en todo México y aplica en todos los centros de trabajo. Las obligaciones dependerán del número de trabajadores con que cuente el centro de trabajo, así podemos clasificar a las empresas en 3 grupos: el más BAJO, con menos de 15 trabajadores; el nivel MEDIO, de 16 a 50; y el nivel ALTO, de 51 trabajadores en adelante. Pero absolutamente todas las empresas deben instrumentarla hacia todos sus trabajadores.
3. ¿Cuál es el monto de las multas por el incumplimiento a la NOM-035-STPS-2018, en 2027?
El artículo 994, fracción V de la Ley Federal del Trabajo sanciona a cualquier empresa que incumpla con la implementación de la Normatividad en seguridad e higiene, el monto mínimo es de $29,327.50, y el máximo es de $586,550.00, actualizado a Octubre de 2026. La autoridad tiene facultad para aplicar la que considere más acorde a la gravedad e intencionalidad de la empresa infractora.
4. ¿Qué son los riesgos psicosociales?
Son aquellos que pueden provocar trastornos de ansiedad, no orgánicos del ciclo sueño-vigilia y de estrés grave y de adaptación, derivado de la
naturaleza de las funciones del puesto de trabajo, el tipo de jornada de trabajo y la exposición a acontecimientos traumáticos severos o a actos
de violencia laboral al trabajador, por el trabajo desarrollado.
Comprenden las condiciones peligrosas e inseguras en el ambiente de trabajo; las cargas de trabajo cuando exceden la capacidad del trabajador;
la falta de control sobre el trabajo (posibilidad de influir en la organización y desarrollo del trabajo cuando el proceso lo permite); las
jornadas de trabajo superiores a las previstas en la Ley Federal del Trabajo, rotación de turnos que incluyan turno nocturno y turno nocturno sin
períodos de recuperación y descanso; interferencia en la relación trabajo-familia, y el liderazgo negativo y las relaciones negativas en el trabajo.